A partir de esa fecha, la persona tiene 30 días hábiles para inscribirse en las oficinas de la Administración Tributaria.
El IRP entrará en vigencia desde este agosto próximo y está dirigido a las personas que ganan más de 199 millones de guaraníes al año, esto es, para quienes desde el pasado 23 de julio en que fue promulgado el decreto respectivo y hasta el mes de diciembre de 2012 perciban 120 salarios mínimos.
Desde el día siguiente de haber superado ese monto, la persona pasará a ser contribuyente del IRP y deberá juntar las boletas para deducir sus gastos. El plazo para la inscripción en este tributo es de 30 días contados a partir de superar la cifra establecida.
El pago del impuesto es anual y comenzará en el 2013, siempre y cuando los ingresos sean mayores que los egresos (gastos e inversiones). De lo contrario, el contribuyente solo deberá presentar la declaración jurada relevando el movimiento de ingresos y egresos.
Es de señalar que en este momento los técnicos del Ministerio de Hacienda trabajan en la reglamentación de la ley que pone en vigencia este tributo.
Desde el día siguiente de haber superado ese monto, la persona pasará a ser contribuyente del IRP y deberá juntar las boletas para deducir sus gastos. El plazo para la inscripción en este tributo es de 30 días contados a partir de superar la cifra establecida.
El pago del impuesto es anual y comenzará en el 2013, siempre y cuando los ingresos sean mayores que los egresos (gastos e inversiones). De lo contrario, el contribuyente solo deberá presentar la declaración jurada relevando el movimiento de ingresos y egresos.
Es de señalar que en este momento los técnicos del Ministerio de Hacienda trabajan en la reglamentación de la ley que pone en vigencia este tributo.
Fuente: hacienda.gov.py