La Cámara de Diputados tratará hoy el proyecto de ley que establece la remuneración para las empleadas domésticas en el 60 % del salario mínimo, mientras que las asociaciones que las representan la califican de discriminatoria y reclaman la totalidad de esa remuneración básica.
El proyecto de “Ley del Empleo Doméstico” iba a ser votado la semana pasada, pero durante el debate, varios diputados fueron abandonando el pleno dejando la sesión sin quórum.
La futura ley ya fue aprobada por el Senado hace casi seis meses pero mantuvo en el texto “varias discriminaciones hacia las trabajadores domésticas”, explicaron en un comunicado las asociaciones y sindicatos que las representan.
Las trabajadoras piden que se les reconozca igualdad de derechos y se elimine la situación de discriminación que afecta a unas 220.000 mujeres en Paraguay, un 16 % de las trabajadoras de todo el país, según la Encuesta Permanente de Hogares del 2013 (EPH2013).
El sueldo mínimo es de 1,82 millones de guaraníes mensuales (405 dólares), por lo que el 60 por ciento previsto en la nueva ley asciende a 1,09 millones de guaraníes (249 dólares).
Las trabajadoras solicitaron que hoy los diputados modifiquen los artículos 5 y 10 de la versión aprobada por los senadores para establecer los 18 años como edad mínima para ejercer la actividad y una remuneración equivalente al 100 % del salario mínimo legal.
Las trabajadoras recordaron también que el Estado paraguayo ha ratificado el convenio internacional sobre trabajo doméstico, en vigencia desde 2014, y que vela por que los empleados domésticos “disfruten de condiciones de empleo equitativas y condiciones de trabajo decentes”.
En el país, una de cada diez empleadas domésticas vive en la pobreza extrema debido a su baja remuneración, según datos oficiales de 2012.
En Brasil, el Congreso aprobó en 2013 una ley que otorga a las empleadas domésticas los mismos derechos laborales de los que gozan otros trabajadores en ese país, como la jornada máxima de 44 horas semanales, no superior a 8 horas diarias, el pago de horas extra, el seguro de desempleo y un fondo de jubilación.
HOY
La futura ley ya fue aprobada por el Senado hace casi seis meses pero mantuvo en el texto “varias discriminaciones hacia las trabajadores domésticas”, explicaron en un comunicado las asociaciones y sindicatos que las representan.
Las trabajadoras piden que se les reconozca igualdad de derechos y se elimine la situación de discriminación que afecta a unas 220.000 mujeres en Paraguay, un 16 % de las trabajadoras de todo el país, según la Encuesta Permanente de Hogares del 2013 (EPH2013).
El Código Laboral paraguayo establece que las trabajadoras domésticas no pueden cobrar más del 40 % del salario mínimo interprofesional, según las asociaciones gremiales.La Cámara Alta el proyecto de ley en octubre de 2014, pero cambió el documento consensuado con las organizaciones, estableciendo un aumento del salario hasta el 60 %, cifra que “perpetúa la situación de precariedad”, denuncian las trabajadoras que piden ganar el mismo sueldo que en el resto de empleos.
El sueldo mínimo es de 1,82 millones de guaraníes mensuales (405 dólares), por lo que el 60 por ciento previsto en la nueva ley asciende a 1,09 millones de guaraníes (249 dólares).
Las trabajadoras solicitaron que hoy los diputados modifiquen los artículos 5 y 10 de la versión aprobada por los senadores para establecer los 18 años como edad mínima para ejercer la actividad y una remuneración equivalente al 100 % del salario mínimo legal.
Las trabajadoras recordaron también que el Estado paraguayo ha ratificado el convenio internacional sobre trabajo doméstico, en vigencia desde 2014, y que vela por que los empleados domésticos “disfruten de condiciones de empleo equitativas y condiciones de trabajo decentes”.
En el país, una de cada diez empleadas domésticas vive en la pobreza extrema debido a su baja remuneración, según datos oficiales de 2012.
En Brasil, el Congreso aprobó en 2013 una ley que otorga a las empleadas domésticas los mismos derechos laborales de los que gozan otros trabajadores en ese país, como la jornada máxima de 44 horas semanales, no superior a 8 horas diarias, el pago de horas extra, el seguro de desempleo y un fondo de jubilación.
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