El atraso y la morosidad de muchos comerciantes impiden el buen funcionamiento de la institución municipal imposibilitando la realización de obras de interés comunitario, razón por la cual se procederá al cierre de negocios que no estén al día con sus patentes comerciales. La morosidad alcanza un 80% aproximadamente.
La Intendencia Municipal invita a los comerciantes acercarse a la institución municipal a fin de evitar las notificaciones judiciales y posterior clausura de negocio.
Por otra parte, el Ejecutivo comunal con respaldo de la Junta Municipal han resuelto la condonación de intereses y multas por mora de las deudas tributarias preexistentes en un 100% (cien por ciento), a todos los contribuyentes del Municipio de Concepción hasta el lunes 03 de junio del año en curso
Las deudas podrán ser fraccionadas hasta la finalización del presente periodo fiscal. La condonación excluye a las deudas tributarias ya judicializada.
El Intendente Municipal Ing. Alejandro Urbieta solicita a todos los contribuyentes acercarse a la institución a fin de regularizar la situación tributaria y evitar las molestias judiciales. La plata del contribuyente vuelve al contribuyente en obras.
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES - MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN
La Intendencia Municipal invita a los comerciantes acercarse a la institución municipal a fin de evitar las notificaciones judiciales y posterior clausura de negocio.
Por otra parte, el Ejecutivo comunal con respaldo de la Junta Municipal han resuelto la condonación de intereses y multas por mora de las deudas tributarias preexistentes en un 100% (cien por ciento), a todos los contribuyentes del Municipio de Concepción hasta el lunes 03 de junio del año en curso
Las deudas podrán ser fraccionadas hasta la finalización del presente periodo fiscal. La condonación excluye a las deudas tributarias ya judicializada.
El Intendente Municipal Ing. Alejandro Urbieta solicita a todos los contribuyentes acercarse a la institución a fin de regularizar la situación tributaria y evitar las molestias judiciales. La plata del contribuyente vuelve al contribuyente en obras.
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