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6 may 2014

Ley especial antisecuestro restringe mediación por la liberación de Arlan


  • La Ley especial antisecuestro Nº 4005, además de conferirle al Estado la facultad de bloquear los bienes de la familia de secuestrados, restringe cualquier tipo de intermediación en el proceso de liberación.

PASO TUYÁ, Dpto. de Concepción. Los organismos de seguridad desecharon el ofrecimiento de la Iglesia de abogar por el menor Arlan Fick Bremm(16).

El domingo último, monseñor Claudio Giménez, presidente de laConferencia Episcopal Paraguaya (CEP), dijo en Caacupé que la Iglesia estaría dispuesta a intermediar en el proceso de liberación de Arlan y resaltó la preocupación que generó la revelación de la familia acerca de que no recibió prueba de vida.

Arlan permanece secuestrado desde la noche del 2 de abril pasado, cuando el primer anillo del EPP tomó por asalto el silo de su familia, a cuatro kilómetros del casco urbano de esta colonia y a 10 kilómetros del centro de la ciudad de Azote’y, a la altura del kilómetro 381 de la Ruta III “Gral. Elizardo Aquino”.

A 34 días del plagio y a 24 días de que la familia terminara de cumplir con la exigencia del EPP de repartir víveres por valor de 50.000 dólares en dos comunidades concepcioneras, no se recibió una sola prueba de vida y, oficialmente, no se sabe tampoco si hubo contactos con el grupo que mantiene en su poder a Arlan.

Sin embargo, desde el anuncio de monseñor Giménez en Caacupé, pobladores de la colonia Paso Tuyá y allegados a la familia Fick revelaron que a los padres y hermanas de Arlan no desagradaría la iniciativa de que la Iglesia medie a favor de la liberación. De hecho, con la desesperación y la angustia, los parientes del chico suplicaron en más de una ocasión a los captores que devuelvan al chico.

Ante esta posibilidad abierta por la Iglesia, de mediar por Arlan, rápidamente ayer salieron al paso algunas autoridades del Ministerio Público y de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) a aclarar que es inviable, porque la propia ley lo prohíbe.

En ese sentido, invocaron el artículo 3º de la Ley especial antisecuestro que dice textualmente que “Queda única y exclusivamente a cargo de los organismos especializados del Estado, en coordinación con los familiares de las víctimas, todo contacto o negociación con los secuestradores”.

De este modo, el Estado desechó el ofrecimiento de la Iglesia, que fue la primera institución no gubernamental en expedirse con relación al caso, ya que hasta ahora tampoco ningún organismo de derechos humanos siquiera se pronunció sobre el plagio del menor. Incluso, los colonos de Paso Tuyá reclamaron la presencia en la zona de los activistas de DD.HH., ya que estos acostumbran a reaccionar solo cuando caen detenidos algunos de los miembros del EPP.
34 DÍAS EN CAUTIVERIO

El secuestro de Fick Bremm, de 16 años, fue materializado durante un ataque del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) al silo de la familia en Paso Tuyá el 2 de abril último. Un grupo de agentes de la Fuerza Conjunta reaccionó y en la refriega cayeron abatidos los delincuentesBernardo Bernal Maíz (20), alias “Coco”, y Claudelino Silva Cáceres(22), alias “Víctor”. También murió el militar Hugo Andrés Monges Ramírez (21).


Fuente: ABC

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